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Autor Tópico: Exención de derechos de uso para personas de movilidad de las Fuerzas Armadas  (Lida 744 vezes)

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Exención de derechos de uso para personas de movilidad de las Fuerzas Armadas

La Dirección General de Salud (DGS) emitió la circular N º 24/GAJER de Información de 01 de junio, en las pruebas para la exención del pago de derechos de uso a personal militar y ex soldados de las Fuerzas Armadas.
 
De acuerdo con la circular, como evidencia el estado de exención del pago de cuotas de los usuarios, los usuarios pueden presentar la tarjeta deficientes Fuerzas Armadas Pensionista de invalidez Tarjeta de las Fuerzas Armadas o de la Tarjeta de la Discapacidad de las Fuerzas Armadas de los Grandes la Discapacidad y de gran servicio eficaz Normal.

Esta norma sigue el Decreto-Ley 173/2003, de 01 de agosto, modificado por el Decreto-Ley N º 38/2010 del 20 de abril, que establece que los militares y ex militares Fuerzas Armadas que está permanentemente incapacitado, debido al servicio militar están exentos de pagar derechos de uso.
 
Fecha: 04/06/2010
Fuente: Puertas del ciudadano y las empresas con los SGD
 

 



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